Cuando hablamos de guardia y custodia compartida, much@s se llevan las manos a la cabeza, sin embargo, debemos recordar que los hijos son de dos, y hoy día en infinidad de casos, ambos progenitores quieren y asumen ese papel.
El mayor beneficio para un menor es mantener una relación sana y habitual con ambos progenitores (contamos con las excepciones), lo que además enriquecerá la relación entre ambos progenitores, como comúnmente se podría decir, al final están “condenados” a comunicarse, lo que ayuda en la educación y crianza de nuestros hijos.
Sin olvidar que el tiempo de cada progenitor con el menor se enriquecerá también de los propios tiempos sin él, repartiendo la educación y ayudará también al propio desarrollo personal y laboral de ambos progenitores.
El derecho de familia regula dichas relaciones, siendo que en el caso de desavenencias entre progenitores, donde cada caso es único, los abogados siempre debemos tratar de mediar para llegar a un acuerdo, y no acabar en los tribunales, teniendo siempre en cuenta el bien del menor.
El mutuo acuerdo beneficia a siempre a los hij@s, que no verán a sus progenitores enfrentados, situación que a los más pequeños afecta en mayor medida. Nuestr@s hijos necesitan que su padre/madre puedan estar en la misma habitación sin mirarse con odio o resentimiento, a lo demás se adaptarán con cariño, comprensión y respeto entre tod@s.