Bufete de abogad@s en Móstoles especializado en Derecho de Familia

Imagen de Yolanda Montero apoyada en la silla
Yolanda Montero riendo delante del ordenador

«Cuando cogemos tu caso, cogemos tu causa»

Hacemos nuestra tu situación y te acompañamos durante todo el proceso

Llevamos más de 20 años ayudando a particulares y empresas en sus procedimientos jurídicos con resultados de éxito.

Siempre de forma honesta, cercana y humana, porque detrás de cualquier litigio estamos las personas.

¿Qué opinan de nosotros?

Key Car “KeyCarGroup” Group
Key Car “KeyCarGroup” Group
Después de pasar por unos cuantos abogado, di con esta letrada la cual se involucro como si el caso fuera de un familiar, lo que los otros letrados me trataban como un numero, y solo querían denunciar para sacar minutas, ella me aconsejo y en unos casos denuncio y en otros llego acuerdos, lo cual agradeceré siempre ya que hay una gran diferencia entre unas minutas medias y los máximos que marca el colegio de abogados solo se la puede definir con 2 palabras en su trabajo SERIA,PROFESIONAL Gracias por estar siempre que te necesitamos
YOLANDA Alvarez
YOLANDA Alvarez
Una excelente profesional y con mucha experiencia, además de asesorar siempre pensando en lo mejor para sus clientes. La recomiendo sin dudarlo. Además ofrece muy buenos precios.solo se la puede definir con 2 palabras en su trabajo SERIA,PROFESIONAL Gracias por estar siempre que te necesitamos
Alba Hermida Jara
Alba Hermida Jara
Una enorme profesional en su campo y diversas áreas, es una persona muy resolutiva y comprometida con su clientela, a parte de ser muy empática y paciente, es cercana con un trato muy familiar. Asesora y acompaña en cada momento de duda que tengas.
fran zarza
fran zarza
A pesar de la demora de la justicia, te tranquiliza tener una abogada que te trata con empatía y paciencia.
Judit Carrasco
Judit Carrasco
Abogada con una dilatada experiencia y saber hacer. Te asesora y te escucha dando salida a cualquier problema que tengas. Muy recomendable 🙂🙂
Luis De Quevedo
Luis De Quevedo
Profesional en quien se puede confiar
Susana García
Susana García
Gran profesional.Destaca su calidad humana y su compromiso profesional.
Prado Navas Fernández
Prado Navas Fernández
Excelente abogada con muchísima experiencia y muy especializada en familia
Merce Giménez
Merce Giménez
Es una profesional muy implicada

Nuestro equipo técnico y legal analiza tu caso para ofrecerte la mejor estrategia, valorando los diferentes escenarios y acompañándote en cada paso.

Comprometidos contigo y con tu causa hasta el final.

En Montero Abogad@ valoramos el trato personal, ponemos a tu disposición la profesionalidad de nuestro equipo. CONTÁCTANOS

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cogemos tu causa»

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La implantación de la audiencia preliminar en el proceso penal ha supuesto una de las transformaciones más relevantes de la organización judicial en los últimos años. Esta nueva fase procesal ha sido introducida en nuestro ordenamiento jurídico como consecuencia de la reforma operada por la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, que entró en vigor el 3 de abril de 2025.

Derecho a la vivienda frente al derecho de propiedad privada: un equilibrio constitucional en tensión

Uno de los principales temas que preocupan hoy día a la sociedad, es el acceso a una vivienda digna, lo que se ha consolidado como uno de los principales problemas sociales y económicos de nuestro tiempo. En España, el aumento sostenido de los precios de compra y, especialmente, del alquiler ha generado una situación de tensión permanente en prácticamente todas las zonas del territorio, dificultando el acceso a la vivienda a jóvenes, familias con rentas medias y colectivos vulnerables.

Prisión provisional en el proceso penal: requisitos, finalidad y duración

La prisión provisional es la medida cautelar personal más grave que puede adoptarse en el ámbito del proceso penal español. Su regulación se encuentra en el Libro II de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), concretamente en los artículos 502, 503 y 504, y supone una restricción directa del derecho fundamental a la libertad personal, reconocido en el artículo 17 de la Constitución Española.