Derecho del menor a ser escuchado: entre la ley y la responsabilidad parental

Que un menor exprese lo que siente es un derecho reconocido por la ley. Pero escuchar no siempre significa ceder. La diferencia entre ambas cosas puede marcar el tipo de adulto en el que se convertirá ese niño o niña

Existe un consenso amplio, tanto en el ámbito jurídico como en el psicológico, sobre la importancia de dar voz a los menores en los asuntos que les afectan. El artículo 9 de la Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor, reconoce explícitamente el derecho de todo menor a ser escuchado y tenido en cuenta, de acuerdo con su madurez y desarrollo. Es un avance fundamental. Pero ese derecho, mal interpretado o mal gestionado, puede convertirse en una carga demasiado pesada para quien todavía no tiene las herramientas para cargarla. 

El error no está en escuchar. Está en confundir escuchar con obedecer. 

El peso de decidir antes de tiempo en situaciones de custodia

Cuando un menor en situación de custodia compartida manifiesta que quiere vivir solo con uno de sus progenitores, ese deseo merece atención, empatía y análisis. Lo que no merece es ser trasladado automáticamente al plano jurídico sin antes haber indagado qué hay detrás de esas palabras. 

Los adolescentes comunican sus emociones de la manera en que pueden, no siempre de la manera más precisa. «Con mamá/papá me siento más tranquila/o» puede significar muchas cosas: que en ese entorno hay menos exigencia, que la dinámica es más ágil, que hay menos conflicto por afinidad de caracteres o simplemente que el apego con ese progenitor es mayor en ese momento. Ninguna de esas interpretaciones es, por sí sola, razón suficiente para modificar un régimen de custodia. 

«La comodidad no siempre es sinónimo de lo que más conviene. A veces, lo que más cuesta es precisamente lo que más nos hace crecer.» 

Dos modelos parentales ante el mismo hijo: sobreprotección vs. tolerancia a la frustració

Es habitual encontrar, en los despachos de abogados de familia, a progenitores que ante una misma situación adoptan posturas radicalmente distintas. Uno sobreprotege, convierte la ansiedad del hijo en una emergencia permanente y moviliza a su alrededor todo cuanto está en su mano para eliminar cualquier fuente de malestar. El otro observa con preocupación, pero desde la distancia, convencido de que la vida requiere tolerancia a la frustración y que resolver cada obstáculo por el menor es, en realidad, privarle de la oportunidad de superarlo. 

Ambos quieren lo mejor para su hijo o hija. Ninguno actúa con mala fe. Y, sin embargo, cuando no colaboran, cuando cada uno tira en una dirección distinta, el mensaje que recibe el menor es tan confuso como potencialmente dañino: que puede elegir el entorno que más le conviene en cada momento, y que huir de la incomodidad es una opción válida. 

Tres aprendizajes esenciales que todo menor debe interiorizar antes de la vida adulta 

  • Que los actos tienen consecuencias, tanto positivas como negativas. 
  • Que la frustración es parte de la vida y se puede gestionar. 
  • Que los límites que ponen quienes nos quieren son una forma de prepararnos, no de castigarnos. 

Escuchar al menor con criterio adulto: cómo interpretar sus palabras sin delegar la decisión

Dar voz a un menor no implica trasladarle la responsabilidad de decidir. Implica tomarse en serio lo que dice, interpretarlo con madurez y darle una respuesta que le ayude a crecer. Si un adolescente dice que con su padre siente más ansiedad, la respuesta adulta no es apartarle de esa fuente de malestar. Es preguntarse, junto a el y con ayuda profesional si fuera necesario, de dónde viene esa ansiedad y qué puede aprender de enfrentarla. 

La psicología del desarrollo lleva décadas documentando que los menores necesitan tanto ser aceptados como ser confrontados. Necesitan saber que sus emociones importan y, al mismo tiempo, que no son el eje alrededor del cual debe girar el mundo. Esa tensión, bien gestionada, es la base de la resiliencia. 

Modificación de medidas de custodia: cuándo es procedente y cuándo no

Cuando la falta de acuerdo entre los progenitores desemboca en un procedimiento judicial de modificación de medidas, el menor queda expuesto a una dinámica de la que no debería formar parte: la de ser el argumento central en un enfrentamiento entre adultos. Acudir a la vía legal para zanjar una discrepancia parental sobre estilos educativos, sin que existan indicios de daño real para el menor, no solo no resuelve el problema de fondo, sino que lo agrava. 

Los juzgados de familia no están diseñados para arbitrar diferencias filosóficas sobre cómo educar. Están para proteger al menor cuando hay riesgo. Y confundir ambas cosas tiene consecuencias, también jurídicas, para quien inicia ese procedimiento sin fundamento suficiente. 

«El menor que aprende que puede huir de lo que le incomoda, tarde o temprano se encontrará sin herramientas para afrontar la vida adulta.» 

Alternativas al juzgado: mediación familiar y coordinación de parentalidad

La respuesta no está en los tribunales, sino en la coordinación. Buscar un espacio de mediación familiar, acudir a orientación psicológica conjunta o contar con la figura de un coordinador de parentalidad son opciones que, en la mayoría de los casos, resultan mucho más eficaces y menos lesivas para todos, especialmente para el menor. 

Escuchar a los hijos es un acto de amor. Pero guiarles, aunque eso implique sostener decisiones que les incomoden, también lo es. El reto de la coparentalidad, especialmente en situaciones de separación, es encontrar la manera de hacer ambas cosas juntos, aunque ya no se compartan muchas otras. 

¿Necesitas asesoramiento en derecho de familia?

En Montero Abogad@ trabajamos con familias en procesos de separación y divorcio con el objetivo de proteger, siempre, el interés superior del menor. Si tienes dudas sobre tu situación familiar —regímenes de custodia, modificación de medidas o gestión del conflicto parental—, estamos aquí para orientarte. 

 

Yolanda Montero Miguel 

Letrada – Fundadora Montero Abogad@ 

 

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